¿Qué significa primera y segunda categoria en SII?
Primera Categoría: De las rentas del capital y de las empresas comerciales, industriales, mineras y otras. Segunda Categoría: De las rentas del trabajo.
¿Qué impuestos debe pagar una empresa en Costa Rica?
Toda empresa que tenga una actividad comercial lucrativa debe declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta en Costa Rica.
- Con ingresos brutos de hasta ₡ 53 millones, pagará el 10% de los ingresos netos.
- Los ingresos brutos de hasta ₡ 106 millones- 20%.
- Ingresos brutos superiores a ₡ 106 millones- 30%.
¿Cómo saber que categoria soy en SII?
Ingrese a la opción Inicio de Actividades presente en el menú de “Registro de contribuyentes” en el sitio web del SII (www.sii.cl). 2. Elija la opción que corresponde a “Persona Natural Segunda Categoría (Boleta de Honorarios)”, identificándose con su Rut y Clave Secreta.
¿Cuánto es Impuesto de primera categoria?
Impuesto a la Renta de Primera Categoría
Año Tributario | Año Comercial | Tasa |
---|---|---|
2017 | 2016 | 24% |
2018 y sgtes. | 2017 y sgtes. | 25% |
2018 | 2017 | 25,5% |
2019 y sgtes. | 2018 y sgtes. | 27% |
¿Qué es segunda categoria en SII?
Las rentas de Segunda Categoría son aquellas para cuya obtención predomina el trabajo sobre el uso de capital. Dentro de este tipo de rentas se encuentran, por ejemplo: · Sueldos, sobresueldos, salarios, gratificaciones, montepíos, pensiones, etc.
¿Cuál es la diferencia entre impuesto de primera y segunda categoria?
Las categorías del impuesto de Primera Categoría se dividen en dos: Impuesto Primera Categoría: Rentas del capital y de empresas comerciales, industriales, mineras y otras. Impuesto Segunda Categoría: Rentas provenientes del trabajo.
¿Cuáles impuestos pagan las empresas?
Impuesto Sobre la Renta.
¿Cuáles son los impuestos que paga una persona jurídica?
El impuesto anual que causan los Avisos de Operación de Empresas será del dos por ciento (2%) del capital de la empresa, con un mínimo de cien balboas (B/. 100.00) y un máximo de sesenta mil balboas (B/. 60,000.00). Quedan exentas las personas naturales y jurídicas con capital invertido menor de diez mil balboas (B/.